18 de setembre del 2018

Los corregidores en el reino de Castilla durante los Àustrias

En la España de los Austrias la figura de los corregidores es una continuación de la que existía en épocas anteriores en Castilla pero que se verá regulada en la monarquía de Carlos I en las Instrucciones de 1523 y durante el reinado de Felipe IV se promulgan unas Ordenanzas en 1648.
La figura del corregidor tenia un territorio de su jurisdicción, el corregimiento, donde compartían con los regidores el poder municipal, presidiendo ellos las sesiones de reunión de los ayuntamientos. Eran nombrados por el rey por un, tres o cinco años, con la obligación de residir en el territorio. El corregidor tenía capacidad administrativa, jurídica, fiscal y militar en el municipio principal de su jurisdicción y en el territorio propio del corregimiento. Entre sus atribuciones, de las más importantes era la propia de administración de justicia donde era juez de primera instancia civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio. Además, se encargaban de la defensa de la jurisdicción real frente a la extralimitación de los jueces eclesiásticos y señoriales. El corregidor podía tener colaboradores, estos eran los tenientes que tenían una experiencia técnica como letrados importante cuando los corregidores eran de capa y espada ya que carecían de formación jurídica. Además, el teniente asesoraba al corregidor en asuntos de gobierno y le substituya en caos de ausencia, enfermedad y muerte. El Reino de Castilla estaba dividido en 46 corregimientos.